


La Dirección de la JUNAFO desea brindarle un servicio de calidad y mantenerle informado sobre las distintas actividades. Le invitamos a que realice la actualización de datos personales, a través de los siguientes medios: completar y firmar el formulario de actualización de datos disponible en la página web: https://fjp.poder-judicial.go.cr/index.php/formularios/formulario-de-autorizacion-de-recibido-de-expedientes-de-jubilados y enviarlo al correo electrónico: srvcliente_jadm@poder-judicial.go.cr al fax: 2220-0111, hacerlo llegar por medio de su Organización Gremial autorizada; en las Administraciones Regionales del Poder Judicial, o entregarlo personalmente en nuestras oficinas ubicadas en: Sede San José, I Circuito Judicial: Edificio OIJ, primer piso junto a la Plataforma de Servicios del Macroproceso Financiero Contable. Sede Sabana Sur: Edificio Impala, Calle Morenos, primer piso. Si usted es una persona jubilada o pensionada del Fondo puede actualizar sus datos si tiene usuario activo por medio del sistema de consulta de su planilla.
La Dirección de la JUNAFO con agrado informa que el 12 de diciembre 2023 el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial y la JUNAFO se hicieron acreedoras del distintivo “Entidad Libre de Efectivo” por parte del Banco Central de Costa Rica, al cumplir con la normativa y demás requisitos que permite optar por la certificación del Programa L de dicha entidad monetaria.
Este logro se encuentra alineado al compromiso por mejorar los servicios que se brindan a todo el colectivo judicial.
COMUNICADO JUNAFO, SITUACIÓN DESYFIN Y BCR FONDOS
Si gusta conocer más sobre el tema puede ingresar la siguiente link: https://fjp.poder-judicial.go.cr/index.php/comunicados-de-la-junta-administradora-del-fjppj
El voto N.° 2024-028000, emitido por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia el 26 de septiembre de 2024, aborda una acción de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley N.° 9796 del 5 de diciembre de 2019, conocida como la "Ley para rediseñar y redistribuir los recursos de la contribución especial solidaria". Esta ley reforma el inciso a) del artículo 236 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin modificar la interpretación ni los criterios establecidos en una resolución previa del mismo órgano, emitida el 13 de enero de 2022.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, que en su sesión del 29 de octubre de 2024, artículo XIV, decide comunicar lo resuelto por la Sala Constitucional a la población jubilada y pensionada.
La Sala Constitucional mantiene su postura respecto a la ley y su reforma, reafirmando su interpretación previa, y se instruye la comunicación de esta resolución a las personas jubiladas y pensionadas.



