- Inicio
- Nuestro equipo de trabajo
- Estados Financieros
- Estados Financieros Fondo de Jubilaciones y Pensiones
- Estados Financieros Fondo de Jubilaciones y Pensiones Auditados
- Estados Financieros Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial
- Estados Financieros Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial Auditados
- Informes
- Trámites
- Consultas de Planilla
- Solicitud de Permisos
- Carga de Deducciones al Fondo de Jubilaciones y Pensiones
- Emisión de Certificaciones del Fondo de Jubilaciones del Poder Judicial
- Requisitos para la solicitud de jubilación o pensión
- Reconocimiento de tiempo servido fuera del Poder Judicial
- Traslados de cuotas entre regímenes de pensiones
- Formularios
- Preguntas frecuentes
- Normativa
- Rendición de Cuentas
- Denuncias
- Contáctenos
La Dirección de la JUNAFO informa
Con base en el artículo N°. 228 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en caso de requerir un trámite de pensión derivado de la muerte de una persona servidora judicial o una persona jubilada puede completar el Formulario de Solicitud de Pensión (dar click aquí), localizarlo en la página web https://fjp.poder-judicial.go.cr/ solicitarlo a la cuenta de correo electrónico srvcliente_jadm@poder-judicial.go.cr o presentarse a la Plataforma de Servicio al Cliente de la Dirección de la JUNAFO, ubicada 70 metros sur de la iglesia de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, Calle Morenos, Sabana Sur, San José.
En caso de dudas o consultas ponemos a su disposición los siguientes números de teléfono:
2549-1594/ 2549-1591.
2549-1594/ 2549-1591.
Será un placer atenderle.
LA DIRECCIÓN DE LA JUNAFO COMUNICA QUE:
A partir del mes de enero de 2022, se aplicará la deducción de ley denominada Contribución Solidaria, a las personas que perciben el pago de un doble beneficio (jubilación y pensión o 2 pensiones) por parte del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, considerando la suma mensual de ambos beneficios, la cual debe ser igual o mayor a ¢2.602.800,00.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, en la sesión N° 33-2020 celebrada el 12 de octubre de 2020, artículo XVII.
COSTO DE VIDA II SEMESTRE 2024
El artículo 225 de la Ley Orgánica del Poder Judicial literalmente indica:
“[…]. El monto de las pensiones y las jubilaciones en curso de pago y las que se otorguen en el futuro se reajustará por variaciones en el índice de precios al consumidor (IPC), definido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).” El resaltado no es del original.
Sin delimitar la dirección del ajuste, que puede ser positivo o negativo.
Que en el I semestre de 2024 la variación acumulada del IPC utilizada como referencia para el reconocimiento de variaciones en los montos de jubilación y pensión del FJPPJ alcanzó el nivel de -1,77 (rubro negativo o conocido como deflación), pero la JUNAFO decidió NO trasladar ese efecto negativo a los beneficios.
Que para el II Semestre de 2024 la variación acumulada del IPC (al 30 de junio del presente año) registra niveles del 0,22, por lo que, en una decisión razonada, responsable y en estricto apego a lo ya previamente establecido por esta misma Junta Administradora1 decidió NO reconocer aumento por costo de vida para el presente semestre. Según acuerdo de sesión N.° 033-2024 del 30 de julio de 2024, artículo IV.
1 Sesión N.° 008-2021, artículo XXV del 22 de febrero de 2021
Actualización de datos
La Dirección de la JUNAFO desea brindarle un servicio de calidad y mantenerle informado sobre las distintas actividades. Le invitamos a que realice la actualización de datos personales, a través de los siguientes medios: completar y firmar el formulario de actualización de datos disponible en la página web: https://fjp.poder-judicial.go.cr/index.php/formularios/formulario-de-autorizacion-de-recibido-de-expedientes-de-jubilados y enviarlo al correo electrónico: srvcliente_jadm@poder-judicial.go.cr al fax: 2549-1591, hacerlo llegar por medio de su Organización Gremial autorizada; en las Administraciones Regionales del Poder Judicial, o entregarlo personalmente en nuestras oficinas ubicadas en: Sede San José, I Circuito Judicial: Edificio OIJ, primer piso junto a la Plataforma de Servicios del Macroproceso Financiero Contable. Sede Sabana Sur: Edificio Impala, Calle Morenos, primer piso. Si usted es una persona jubilada o pensionada del Fondo puede actualizar sus datos si tiene usuario activo por medio del sistema de consulta de su planilla.
Entidad Libre de Efectivo
La Dirección de la JUNAFO con agrado informa que el 12 de diciembre 2023 el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial y la JUNAFO se hicieron acreedoras del distintivo “Entidad Libre de Efectivo” por parte del Banco Central de Costa Rica, al cumplir con la normativa y demás requisitos que permite optar por la certificación del Programa L de dicha entidad monetaria.
Este logro se encuentra alineado al compromiso por mejorar los servicios que se brindan a todo el colectivo judicial.
COMUNICADO JUNAFO, SITUACIÓN DESYFIN
La Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (JUNAFO) y la Dirección de la JUNAFO en cumplimiento del compromiso con la transparencia y la responsabilidad, proporcionan información sobre la situación actual respecto a las inversiones del régimen del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ) en la Financiera DESYFIN S.A., aclarando que se está monitoreando de cerca la situación para evaluar el impacto que esta declaración pueda tener sobre las inversiones realizadas por este Fondo.
Si gusta conocer más sobre el tema puede ingresar la siguiente link: https://fjp.poder-judicial.go.cr/index.php/comunicados-de-la-junta-administradora-del-fjppj
COMUNICADO JUNAFO: CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA
El voto N.° 2024-028000, emitido por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia el 26 de septiembre de 2024, aborda una acción de inconstitucionalidad contra varios artículos de la Ley N.° 9796 del 5 de diciembre de 2019, conocida como la "Ley para rediseñar y redistribuir los recursos de la contribución especial solidaria". Esta ley reforma el inciso a) del artículo 236 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sin modificar la interpretación ni los criterios establecidos en una resolución previa del mismo órgano, emitida el 13 de enero de 2022.
Lo anterior, de conformidad con lo dispuesto por la Junta Administradora del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial, que en su sesión del 29 de octubre de 2024, artículo XIV, decide comunicar lo resuelto por la Sala Constitucional a la población jubilada y pensionada.
La Sala Constitucional mantiene su postura respecto a la ley y su reforma, reafirmando su interpretación previa, y se instruye la comunicación de esta resolución a las personas jubiladas y pensionadas.