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Montos de pensión por viudez u orfandad
Regímenes de jubilación y pensión
Fondo de Jubilaciones y Pensiones
Poder Judicial
*Ejemplo: persona que le corresponde ¢400 mil de jubilación.
Monto por viudez: igual al monto de jubilación que le correspondería a la persona fallecida. * (¢400 mil, menos rebajo de 16,5% (11% del Fondo y 5,5% del seguro de enfermedad y maternidad) =¢334 mil)
Monto por orfandad: 66% del monto de jubilación que le correspondería a la persona fallecida. *(¢264 mil, menos rebajo de 16,5% (11% del Fondo y 5,5% del seguro de enfermedad y maternidad) =¢220.440)
Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM)
Caja Costarricense de Seguro Social
*Ejemplo: persona que le corresponde ¢400 mil de jubilación.
Monto por viudez: entre el 50% y 70% del monto de jubilación que le correspondería a la persona fallecida. *(entre ¢200 mil y 280 mil, no tienen rebajos del Régimen ni del seguro de enfermedad y maternidad)
Monto por orfandad: 30% del monto de jubilación que le correspondería a la persona fallecida. *(¢120 mil, no tienen rebajos del Régimen ni del seguro de enfermedad y maternidad)
A las personas jubiladas y pensionadas del Poder Judicial les siguen rebajando un 16,5% (11% del Fondo y 5,5% del seguro de enfermedad y maternidad), mismo porcentaje que el personal activo.
Fuente: sesión 012-12 del Consejo Superior celebrada el 14 de febrero de 2012, art. LIX y entrevista al Lic. Carlos Montero Zúñiga, presidente de la Asociación Nacional de Profesionales del Poder Judicial realizada el viernes 2 de mayo de 2014.
2014 – Despacho de la Presidencia de la Corte – Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional