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Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial
Propuesta de reforma
Se aprobó una propuesta de reforma legal al capítulo de Pensiones y Jubilaciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la que se estableció un límite de edad de retiro y la cantidad de salarios para calcular el monto de la jubilación, entre otros.
Para ello se tomaron en cuenta las recomendaciones de los estudios actuariales que se realizan periódicamente y que tienen el propósito de monitorear la solvencia económica, financiera y actuarial del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial.
Fuente: comunicado de la Corte Suprema de Justicia divulgado el 8 de abril de 2014 y comunicado del Consejo Superior divulgado el 27 de marzo de 2014 y carta a la columna del MSc. Róger Mata Brenes, director del Despacho de la Presidencia de la Corte, publicada en el periódico La Nación el 7 de abril de 2014.
2014 – Despacho de la Presidencia de la Corte – Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional